“Debe ser Entregado Libre de Impuestos”, Dice
Por Claudia de Santiago

Adolfo Yáñez Rodríguez: Los patrones deben entregar dicha prestación en tiempo y forma, porque de detectar atrasos en el pago serían acreedores a sanciones, según las disposiciones de la LFT (Foto: Rocío Castro)
Adolfo Yáñez Rodríguez, delegado estatal de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), acotó que la fecha límite para la entrega de aguinaldos es el 20 de diciembre, el cual dijo debe ser entregado libre de impuestos.
Recordó que el aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores sin excepción alguna, sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado o eventuales, así como para los comisionistas, agentes de comercio, seguros, entre otros que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Por lo que el delegado exhortó a los patrones a entregar dicha prestación en tiempo y forma, porque de detectar atrasos en el pago serían acreedores a sanciones, según las disposiciones de la LFT.
En el caso de los trabajadores que no cumplieron un año de servicio, independientemente de que se encuentren activos o no, o que actualmente presenten sus servicios en una empresa distinta, tienen derecho a que se les pague el aguinaldo de manera proporcional al tiempo trabajado, por lo anterior enfatizó que el aguinaldo es un derecho irrenunciable.
Las sancionas para los patrones que incumplan con la entrega de esta prestación va de 250 hasta cinco mil salarios mínimo, lo que depende de la capacidad económica de la empresa, sostuvo Yáñez Rodríguez.
Destacó que si algún trabajador no recibe su aguinaldo podrá acudir tanto a la delegación Federal del Trabajo como a la Dirección de Trabajo y Previsión Social para emitir su queja al respecto y ordenar una inspección a efecto de conminar a los patrones al cumplimiento de éste.
Cabe señalar que la STPS estará realizando una inspección de asesoría y asistencia técnica en centros de trabajo, para orientar a los patrones sobre su obligación de dicho pago.
El delegado estatal, destacó que el Operativo Aguinaldo establece que en caso de que el patrón de los centros de trabajo de jurisdicción federal se niegue a la práctica de la visita de asesoría y asistencia técnica, las instituciones programarán una visita extraordinaria de inmediato, además cuando se trate de centros de trabajo de jurisdicción local se le hará saber a las autoridades laborales competitivas.
