Zacatecas Inicia 2020 Prohibiendo el uso de Productos Desechables

Por Manuel Medina Castro

Con el inicio de 2020 entró en vigor la Norma Técnico Ecológica Municipal-002-ZAC19 que prohíbe el uso de contenedores de poliestireno y polietileno, es decir de bolsas de plástico, popotes, charolas, platos y vasos desechables (Foto Rocío Castro Alvarado)

Con el inicio de 2020 entró en vigor la Norma Técnico Ecológica Municipal-002-ZAC19 que prohíbe el uso de contenedores de poliestireno y polietileno, es decir de bolsas de plástico, popotes, charolas, platos y vasos desechables (Foto: Rocío Castro Alvarado)

Con el inicio de 2020 entró en vigor la Norma Técnico Ecológica Muni­cipal-002-ZAC19 que prohíbe el uso de contenedores de poliestireno y polietileno, es decir de bolsas de plás­tico, popotes, charolas, platos y vasos desechables.

Esta norma vio su nacimiento en la Comisión de Ecología y Medio Ambien­te del Ayuntamiento de Zacatecas y fue impulsada por la regidora Nancy Flores Sánchez para después ser aprobada en Cabildo, misma que entró en vigor ayer.

Dicha norma señala que “En el munici­pio de Zacatecas a partir del 1 de enero de 2020 se restringe la venta, facilitación y obsequio de bolsas plásticas y conte­nedores de poliestireno expandido para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de alimentos y bebidas, así como de popotes plásticos en Supermercados, Centros comerciales, Tiendas de autoser­vicio, Farmacias, Tiendas de convenien­cia, Mercados establecidos, semifijos y ambulantes, Cafeterías, Bares, Panaderías, Restaurantes y similares”.

“A partir del 1 de enero de 2020, las empresas de servicios de alimentos ten­drán prohibido vender o proporcionar alimentos para el consumo en o fuera de las instalaciones, en productos de polie­tileno en alta y baja densidad, así como en productos de poliestireno expandido en la modalidad de contenedores, para el servicio de alimentos y bebidas”, añade.

Tienen excepción únicamente los productos que correspondan a sopas preenvasadas, llenadas y selladas para su venta de esa forma y las carnes, pescados y mariscos que son empacados para su venta en ese tipo de materiales.

Los establecimientos dedicados a la venta de mayoreo y menudeo de bolsas, platos, charolas, bolsas y popotes des­echables, tienen 14 meses a partir de la publicación de la norma, el 14 de junio del 2019 para “llevar a cabo la sustitu­ción definitiva, por lo cual, tendrán que sustituirlos por los productos elaborados con materiales biodegradables que faci­liten su reúso o reciclado y que sean de pronta biodegradación o de productos compostables”.

Los comercios que no acaten la norma podrán ser acreedores a una amonestación, multa, suspensión temporal o cancelación de permiso, concesión, licencia y autori­zación, o clausura parcial, total, temporal o definitiva.

“El monto de las multas se fijará con base en el salario mínimo general vigente en la zona del municipio de Zacatecas, y al Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio, las cuales podrán ser de 20 hasta 5000 UMAS (Unidad de Medida de Actualización)” señala.