Zacatecas Inicia 2020 Prohibiendo el uso de Productos Desechables
Por Manuel Medina Castro

Con el inicio de 2020 entró en vigor la Norma Técnico Ecológica Municipal-002-ZAC19 que prohíbe el uso de contenedores de poliestireno y polietileno, es decir de bolsas de plástico, popotes, charolas, platos y vasos desechables (Foto: Rocío Castro Alvarado)
Con el inicio de 2020 entró en vigor la Norma Técnico Ecológica Municipal-002-ZAC19 que prohíbe el uso de contenedores de poliestireno y polietileno, es decir de bolsas de plástico, popotes, charolas, platos y vasos desechables.
Esta norma vio su nacimiento en la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Zacatecas y fue impulsada por la regidora Nancy Flores Sánchez para después ser aprobada en Cabildo, misma que entró en vigor ayer.
Dicha norma señala que “En el municipio de Zacatecas a partir del 1 de enero de 2020 se restringe la venta, facilitación y obsequio de bolsas plásticas y contenedores de poliestireno expandido para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de alimentos y bebidas, así como de popotes plásticos en Supermercados, Centros comerciales, Tiendas de autoservicio, Farmacias, Tiendas de conveniencia, Mercados establecidos, semifijos y ambulantes, Cafeterías, Bares, Panaderías, Restaurantes y similares”.
“A partir del 1 de enero de 2020, las empresas de servicios de alimentos tendrán prohibido vender o proporcionar alimentos para el consumo en o fuera de las instalaciones, en productos de polietileno en alta y baja densidad, así como en productos de poliestireno expandido en la modalidad de contenedores, para el servicio de alimentos y bebidas”, añade.
Tienen excepción únicamente los productos que correspondan a sopas preenvasadas, llenadas y selladas para su venta de esa forma y las carnes, pescados y mariscos que son empacados para su venta en ese tipo de materiales.
Los establecimientos dedicados a la venta de mayoreo y menudeo de bolsas, platos, charolas, bolsas y popotes desechables, tienen 14 meses a partir de la publicación de la norma, el 14 de junio del 2019 para “llevar a cabo la sustitución definitiva, por lo cual, tendrán que sustituirlos por los productos elaborados con materiales biodegradables que faciliten su reúso o reciclado y que sean de pronta biodegradación o de productos compostables”.
Los comercios que no acaten la norma podrán ser acreedores a una amonestación, multa, suspensión temporal o cancelación de permiso, concesión, licencia y autorización, o clausura parcial, total, temporal o definitiva.
“El monto de las multas se fijará con base en el salario mínimo general vigente en la zona del municipio de Zacatecas, y al Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio, las cuales podrán ser de 20 hasta 5000 UMAS (Unidad de Medida de Actualización)” señala.
