Por Manuel Medina Castro

Susana Rodríguez Márquez, diputada local por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM)

Susana Rodríguez Márquez, diputada local por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM)

Susana Rodríguez Márquez, diputada local por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), presentó una iniciativa con la que se pretenden endurecer las penas contra quienes cometan el delito de acoso y hostigamiento sexual, así como la violencia familiar.

Al respecto expuso que la violencia de gé­nero y la intrafamiliar son dos fenómenos que van de la mano y que se dan de manera simul­tánea, por lo que esa realidad se debe cambiar combatiéndola de manera multiestratégica.

Explicó que en violencia de género en con­tra de las mujeres, 49 por ciento es violencia emocional, 41.3 sexual, 34 por ciento física y 29 violencia económica, patrimonial o de discriminación en el trabajo, lo anterior de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh).

“Los agresores de las mujeres, a lo largo de la vida, en el ámbito laboral suelen ser principalmente los compañeros de trabajo en 31.8 por ciento, el patrón en 23.8 y 79.1 por ciento de los casos, son en las instalaciones de trabajo”.

En Zacatecas, comentó la legisladora, “las mujeres de 15 años y más, han experimentado a lo largo de su vida violencia laboral en 23.4 por ciento, siendo la violencia física o sexual en 10.8 por ciento, seguida de la emocional en 9.3 por ciento”.

Mientras que en violencia intrafamiliar, según datos de la Fiscalía Especializada en Delitos por Razones de Género, durante la cuarentena se registraron 212 carpetas de investigación por el delito de violencia intra­familiar, por lo que en promedio, son ocho denuncias por día.

Motivo por el que se pretende reformar el Código Penal para el Estado de Zacatecas y la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas “a fin de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres”.

Referente al Código Penal se pretende que el artículo 233 contemple que el delito de acoso sexual lo comete “quien lleve a cabo conductas verbales, no verbales, físicas o varias de ellas, de carácter sexual y que sean indeseables para quien las recibe, se le sancionará con una pena de uno a tres año años de prisión y de 100 a 300 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria en el momento de la comisión del delito, este delito se perseguirá por querella”.

“Si el sujeto pasivo fuera menor de 18 años o persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho, la pena se duplicará y el delito se perseguirá de oficio”.

Asimismo, contempla también que a quien contacte a un menor de edad a través de internet o las tecnologías de la información para obtener contenido sexual o pornográfico y amenace con difundirlo, se le impondrá una pena por difusión de seis meses a tres años de prisión y multa de 50 a 300 cuotas.

Si el contacto se hace a través del engaño o la violencia física o moral, cuando exista relación de parentesco, trabajo, amistad, docencia con la víctima, la pena se duplicará.

Mientras que el delito de hostigamiento se­xual “quien con fines lascivos asedie a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas o cualquiera otra que implique subordinación, se le impondrá pena de dos a seis años de prisión y multa de 100 a 600 veces la Unidad de Medida y Actualiza­ción diaria en el momento de la comisión del delito, este delito se perseguirá por querella”.

Añade que si el sujeto pasivo fuera menor de 18 años o persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho, la pena se duplicará y el delito se perseguirá de oficio.

Cuando el delito sea cometido por un servi­dor público, docente o personal de cualquier institución y utilice los medios de su encargo para cometer el delito, se le perseguirá de oficio y será destituido del encargo y se le inhabilitará.

Para el delito de violencia familiar se im­pondrán de dos a seis años de prisión, multa de 100 a 300 cuotas “y perderá los derechos que tenga respecto de la víctima, incluidos los de carácter sucesorio, patria potestad, tutela y alimentos”.