Ante el Tremendo Fracaso del Gobernador Alejandro Tello

* “Modificar Constitución Para Nuestra Seguridad y Legítima Defensa”

Por Cristo González

Fotografía relevante a la nota.

Ante el Tremendo Fracaso del Gobernador Alejandro Tello, “Modificar Constitución Para Nuestra Seguridad y Legítima Defensa” (Foto: Cortesía)

Frente a la creciente ola de inseguridad fue que Francisco Javier Calzada Vázquez, dipu­tado independiente, propuso una iniciativa de reforma a la Carta Magna y de la Ley General de Armas de Fuego y Explosivos del estado, para que civiles puedan poseer pistolas como defensa personal en negocios.

Durante la sesión de ayer, el legislador local puso a consideración de la asamblea esta pro­puesta al estimar que delitos de alto impacto como homicidios, feminicidios, secuestros y extorsiones tienen una mayor presencia en la vía pública, en los negocios o en los centros de trabajo que en el hogar.

“Esto por sí mismo debiera ser una razón suficiente para ampliar, más allá del hogar, los sitios posibles en los que los mexicanos podemos poseer armas de fuego para nuestra seguridad y legítima defensa, lo que obliga a una reforma constitucional en la materia”, manifestó en la tribuna.

La iniciativa propone, además, que los expendios de armamento, con las caracterís­ticas que señala la ley como apropiadas para la adquisición de particulares, se encuentren debidamente acreditados.

Los mexicanos tienen derecho a poseer armas para su seguridad y legítima defensa, con excep­ción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada, de la Guardia Nacional y los cuerpos de reserva, en términos de la Ley Federal.

Agregó que en nuestro país está permitida la posesión de pistolas en domicilios para la seguridad y legítima defensa, en los términos del artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Re­glamentaria.

Sin embargo, ambos preceptos adolecen, al menos, de dos precisiones que a juicio del suscrito, son indispensables para la garantía de este derecho.

La primera precisión no incluida en el precepto constitucional es lo que debemos considerar como domicilio, que es lugar de residencia permanente, y estando en su negocio, empresa, o en tránsito hacia cual­quier lugar en su vehículo, se encuentra en ese momento sin el amparo del mandato constitucional.

La segunda precisión inexistente es la relativa a los puntos de venta de las armas. La ley reglamentaria señala, en efecto, los requisitos para la adquisición de pistolas, tanto para seguridad y legítima defensa, como para actividades deportivas, y la página electrónica de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

“En nuestra realidad podemos reconocer con exactitud que la venta de armas en el mercado negro, para civiles, es superior al comercio en sitios legalmente establecidos.

Sostuvo que la mayoría de las armas que se estima se encuentran presentes en nuestro país fueron adquiridas de manera ilegal, que según los cálculos superan las 13 mil por cada cien mil habitantes.

Es innegable que la situación de violencia en México, desde el principio del siglo, rebasa cualquier consideración que pudiéramos de­finir como normal. Tan sólo durante los tres sexenios que anteceden al presente, murieron 326 mil 964 personas de forma violenta, en crímenes relacionados con la actuación del crimen organizado”, apuntó Calzada Vázquez.

Conforme avanzaba la “guerra contra el narcotráfico”, en lugar de disminuir la inci­dencia delictiva, ésta fue adecuándose a la acción de gobierno, evolucionando en sus métodos de obtención de dinero e incremen­tando de manera exponencial la violencia en contra de la ciudadanía inerme, y en contra de bandas rivales y la policía.

Es por esto que el diputado propuso esta ini­ciativa para que la posesión por cada pistola se extenderá constancia de su registro y los nego­cios para la venta de armamento a particulares, deberán inscribirse en el padrón correspondien­te del ayuntamiento para su operación.