“El SAT ha Atendido Alrededor de 80 mil Personas”

Por Nallely de León Montellano

Fotografía relevante a la nota.

José Edgar González Cansino (Foto: Diana Moreno Valtierra)

Desde el 1 enero a la fecha, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha atendido a un total aproximado de 80 mil personas quienes han realizado el trámite de constancia de situación fiscal, siendo enero, febrero, marzo y abril los meses con menor afluencia de contribuyentes interesados en dicho trámite.

José Edgar González Cansino, administra­dor desconcentrado de servicios al contribu­yente, informó en entrevista con Página 24 Zacatecas, que durante el periodo mencionado, el SAT emitía al menos 200 constancias por día, sin embargo, desde el mes de mayo a la fecha la demanda aumentó a un aproximado de mil 500 constancias (sic) de situación fiscal diarias.

Lo anterior obedece a que a partir del 1 de julio de este año, el método de facturación será modificado con la finalidad de blindar la seguridad fiscal de patrones y trabajadores evitando actos ilícitos como la usurpación de identidades o desvío de fondos y será denominado facturación 4.0.

“A partir del 1 de julio, esta facturación es la que va a operar, y está conviviendo con la anterior desde el 1 de enero de este año; es un periodo de gracia que se le da al patrón y a todos los que generan una factura para que se vayan acostumbrando”, señaló.

Agregó que no es obligatorio que los tra­bajadores acudan al SAT por la constancia de situación fiscal, puesto que los tres datos principales que se piden son: el RFC, nom­bre completo y el código postal tal y como aparece en el documento señalado.

Sin embargo, destacó que para efectos de prevenir errores al momento de capturar los datos, es recomendable para las y los trabajadores presentar de manera física la constancia de situación fiscal, misma que se puede obtener en internet sin necesidad de hacer largas filas.

“Muchas empresas, muchos retenedores han dejado el trámite hasta el último, en­tonces ya nada más tenemos este mes de junio para que las empresas se acostum­bren, entonces hay qué cumplir”, señaló el funcionario.

En este tenor, González Cansino aclaró que si el trabajador no presenta el docu­mento señalado, esto no será causal para la retención de su salario, puesto que los días laborados deben de ser legalmente pagados; sin embargo, dijo, es una obligación.