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La reforma busca darle justicia social y bienestar a más de 658 mil trabajadores que se verán beneficiados en todo el país

Ciudad de México.- Con el propósito de establecer un régimen laboral especial para las personas trabajadoras de plataformas digitales como Uber, Didi y Rappi, fue aprobada en el Senado de la República la reforma a la Ley Federal del Trabajo, enviada por la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo.

Con el voto a favor de la Senadora de Morena, Verónica Díaz Robles, la reforma busca darle justicia social y bienestar a más de 658 mil trabajadores que se verán beneficiados en todo el país.

La legisladora federal explicó que la reforma añade un Capítulo IX Bis a la Ley Federal del Trabajo (LFT), a fin de definir la naturaleza del trabajo en plataformas digitales, sus horarios y salarios, y los derechos a los que tienen acceso quienes usen esta modalidad para desempeñar sus labores, como la seguridad social, el reparto de utilidades e indemnizaciones.

La Senadora de Morena, Verónica Díaz, señaló que gracias al movimiento de transformación que encabeza la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, se logró que las personas trabajadoras de plataformas digitales como Uber, Didi y Rappi puedan contar con Seguridad Social, incluyendo atención médica, pensiones y cobertura ante riesgos laborales.

De la misma forma, podrán tener acceso a una vivienda digna a través del Infonavit y tendrán derecho a vacaciones, aguinaldo y un salario mínimo mensual, al igual que flexibilidad del modelo de trabajo, permitiendo a los trabajadores definir sus horarios y tareas, pero con la certeza de que estarán protegidos por la ley.

Las empresas de plataformas digitales tienen prohibido: el cobro a las personas trabajadoras por la inscripción, uso, separación o conceptos similares relacionados con la relación laboral; el trabajo de personas menores de edad; y la retención de dinero a las personas trabajadoras adicional a los conceptos establecidos en la Ley.

Por otra parte, la Senadora de Morena mencionó que las empresas de plataformas digitales tienen prohibido el cobro a las personas trabajadoras por la inscripción, uso, separación o conceptos similares relacionados con la relación laboral, así como la retención de dinero a las personas trabajadoras adicional a los conceptos establecidos en la Ley.

Agregó que la reforma plantea sanciones que van de 250 a 25 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) cuando no se registre el modelo de contrato en términos de la ley; no emitan o informen de cambios en el documento de política de gestión algorítmica; y cuando violen las disposiciones sobre pagos o registros.