“Cuando las Víctimas Sean Niñas, Niños o Adolescentes”

Por Nallely de León Montellano

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Renata Ávila Valadez, diputada del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (PT), presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales (Fotos: Diana Moreno Valtierra)

Con la finalidad de prohibir el uso del procedimiento abreviado en delitos sexuales cuando las víctimas sean niñas, niños o adolescentes, como sucedió con Rubén Ibarra Reyes, este martes Renata Ávila Valadez, diputada del grupo parlamentario del Partido del Trabajo (PT), presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Ante el pleno de la LXV Legislatura del Estado, Renata Ávila explicó que en la actualidad el llamado procedimiento abreviado en materia penal, permite a los agresores sexuales el beneficio de obtener sentencias reducidas sin pasar por la etapa de juicio oral.

Por lo anterior, la diputada consideró que eso vulnera el derecho de las víctimas a ser escuchadas, además de que limita el acceso pleno a la verdad, la reparación y la justicia, por lo que, señaló, “no se puede hablar de justicia cuando se silencia a quien ha sido violentada”.

Mencionó que la iniciativa presentada también es un acto de responsabilidad ante las desigualdades estructurales que enfrentan muchas víctimas, principalmente quienes viven en contexto de pobreza, discapacidad o son pertenecientes a grupos indígenas, lo que las ha llevado a ser sistemáticamente excluidas del acceso a la justicia.

Por ello, llamó a las diferentes fuerzas políticas que se concentran en el Poder Legislativo del Estado a aprobar y respaldar dicha propuesta de reforma y hacer eco en una sola voz desde Zacatecas hacia todo el país como una iniciativa colectiva y resaltó que “con las infancias no se negocia, se legisla y se protege”.

La iniciativa plantea reformar los artículos 4 y 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales para establecer que este beneficio procesal no será aplicable cuando la víctima de un delito sexual sea menor de edad. Ávila enfatizó que esta iniciativa no endurece penas ni viola derechos, sino que acota una figura legal inapropiada para casos de alta gravedad social.