La Resolución, Presentada por Ma. de la Luz Domínguez
En Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), se aprobó, con cuatro votos a favor y dos en contra, el proyecto de resolución que determina que no proceden, ni constitucional ni legalmente, las subsanaciones realizadas al Estatuto del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en Zacatecas, derivadas de la pérdida de su registro federal ocurrida el 19 de septiembre de 2024.
La resolución fue presentada por Ma. de la Luz Domínguez Campos, consejera electoral y presidenta de la Comisión de Organización Electoral y Partidos Políticos. De acuerdo con el dictamen, el nuevo PRD Zacatecas no cumplió con los ordenamientos establecidos en la resolución RCGIEEZ- 020/IX/2024 y el Acuerdo ACGIEEZ- 015/X/2025, emitidos previamente por la autoridad administrativa electoral.
Tras detectarse deficiencias en su estatuto, el partido había recibido un plazo de 30 días hábiles para corregirlas, conforme al procedimiento contemplado en su solicitud de registro. No obstante, dichas irregularidades no fueron solventadas en tiempo y forma.
Una vez aprobada la resolución, se ordenó noticar al partido político y se instruyó a la Coordinación de Vinculación del IEEZ para remitir el documento a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, así como a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales y Electorales del Instituto Nacional Electoral (INE), dentro de los diez días hábiles siguientes.
Por su parte, Néstor Santacruz Márquez, dirigente estatal del denominado nuevo PRD Zacatecas, manifestó su inconformidad ante la resolución, argumentando que no existe claridad ni precisión en sus términos. Recordó que el partido obtuvo su registro estatal como instituto político a partir del 1 de noviembre de 2024 y que, en aquel momento, se les otorgaron 60 días hábiles para realizar los procedimientos de renovación interna.
Además, reconoció que la fuerza política atraviesa por un proceso de intervención que les ha impedido utilizar las instalaciones ociales del partido, lo que los ha obligado a asumir gastos adicionales por renta de espacios y otras actividades operativas.
En respuesta, la consejera Ma. de la Luz Domínguez Campos subrayó que es responsabilidad de la autoridad administrativa electoral vigilar el cumplimiento de la Ley General de Partidos Políticos y garantizar certeza jurídica a la militancia.