Podría Contratarse Deuda Solo con Tres Excepciones, Pero con Candados

Por Nallely de León Montellano

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El objetivo es que la prohibición quede establecida en la Constitución y que la capacidad de endeudamiento o contar con un techo financiero ya no sea suficiente para que un gobierno pueda contratar créditos (Foto: Diana Moreno Valtierra)

El Gobierno de Zacatecas presentó ante el Congreso del Estado una iniciativa para prohibir la contratación de nueva deuda pública por parte del estado, municipios y sus entes públicos, con excepciones únicamente para desastres naturales, emergencias sanitarias y crisis económicas severas.

La propuesta, denominada “Cero Deuda” y presentada a nombre del gobernador David Monreal Ávila, plantea reformar la Constitución Política del Estado, la Ley de Austeridad y Disciplina Financiera y la Ley de Financiamientos, Obligaciones, Empréstitos y Deuda Pública.

La secretaria de Finanzas, Ruth Angélica Contreras, explicó que el objetivo es que la prohibición quede establecida en la Constitución y que la capacidad de endeudamiento o contar con un techo financiero ya no sea suficiente para que un gobierno pueda contratar créditos.

La iniciativa plantea que, aun cuando exista una de las tres situaciones consideradas como excepcionales, la deuda no pueda contratarse de manera automática.

Primero tendría que acreditarse la emergencia, realizar una evaluación y demostrar que se agotaron otras alternativas financieras, como disponibilidades presupuestales y de tesorería, fondos, reservas, ingresos propios, subsidios, aportaciones y recursos federales.

Además, los proyectos que eventualmente requieran financiamiento tendrían que superar seis criterios relacionados con necesidad económica, rentabilidad y suficiencia financiera, adicionalidad, sostenibilidad del costo financiero, responsabilidad temporal e intergeneracional y sostenibilidad integral y resiliencia.

La propuesta también establece restricciones para la deuda de corto plazo. De acuerdo con la explicación presentada, este tipo de financiamiento únicamente podría utilizarse para cubrir desfases temporales de calendario y no para atender déficits estructurales.

Quedaría prohibido utilizar deuda de corto plazo para pagar nómina, adeudos de ejercicios anteriores o pasivos circulantes cuando estos conceptos, por sí solos, sean la justificación del crédito.

Tampoco podría contratarse deuda para pagar deuda anterior, sustituir créditos mediante adelanto de participaciones, ni refinanciar o reestructurar deuda de corto plazo bajo el esquema planteado.

La iniciativa contempla además un periodo de 30 días antes de volver a contratar un financiamiento de corto plazo.

Uno de los puntos que generó preguntas durante la presentación fue el impacto que las nuevas reglas tendrían en los municipios, particularmente por los adeudos que actualmente arrastran por laudos laborales, obligaciones fiscales, cuotas al Seguro Social y retenciones de ISR.

La Secretaría de Finanzas reconoció que existen municipios con obligaciones pendientes y señaló que se han utilizado mecanismos de saneamiento para apoyarlos. También sostuvo que los ayuntamientos tienen que fortalecer sus ingresos propios.

De acuerdo con lo expuesto durante la presentación, actualmente Zacatecas mantiene alrededor de 6 mil 400 millones de pesos de deuda, cuyo pago se proyecta durante los próximos años. La Secretaría de Finanzas también habló de una proyección cercana a 11 mil millones de pesos que todavía tendría que erogarse por la deuda de largo plazo.

El Gobierno estatal sostiene que la reforma busca evitar que futuras administraciones vuelvan a recurrir al endeudamiento como una herramienta ordinaria y que el costo financiero termine comprometiendo recursos de próximas generaciones.

La iniciativa quedó en manos del Congreso del Estado, que deberá analizarla y determinar si la aprueba en los términos planteados, realiza modificaciones o la rechaza.