Proponen Sanciones Para Quienes Contagien de Manera Dolosa de COVID-19
Por Manuel Medina Castro

Este advenimiento fue elaborado por los diputados Héctor Adrián Menchaca Medrano, Jesús Padilla Estrada, ambos de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), así como por Gabriela Evangelina Pinedo Morales del Partido del Trabajo (PT) (Foto: Rocío Castro Alvarado)
En sesión de la Comisión Permanente de la LXIII Legislatura fue presentada una iniciativa para exhortar a todos los poderes de gobierno en Zacatecas, a que no queden impunes los 54 asesinatos de mujeres que se han registrado en la entidad durante el primer semestre del año.
Este advenimiento fue elaborado por los diputados Héctor Adrián Menchaca Medrano, Jesús Padilla Estrada, ambos de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), así como por Gabriela Evangelina Pinedo Morales del Partido del Trabajo (PT).
Señalaron: “La Fiscalía (General de Justicia del Estado de Zacatecas) dio a conocer que en lo que va de este semestre, de enero a junio de 2020, se han perpetrado 54 cobardes asesinatos contra mujeres en Zacatecas, de los 54 casos, presuntamente 49 corresponden a homicidios dolosos, cuatro a feminicidios y el restante se presume que se tipifica también como feminicidio”.
Añadieron que los municipios que “son foco rojo de esta realidad que nos duele y lastima a todos son: Fresnillo, Guadalupe, Enrique Estrada, Calera y Sain Alto, donde se reportó el mayor número de asesinatos en contra de mujeres en lo que va de 2020”.
En los argumentos presentados en la iniciativa, expusieron que la violencia por motivos de género no sólo se manifiesta en crímenes como el feminicidio, los hay también en otros tipos y niveles, por ejemplo: física, psicológica, moral, sexual o patrimonial, por mencionar algunas.
El exhorto, dijeron, es para que las autoridades estatales, municipales, así como la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas (FGJEZ) y el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJEZ) elaboren un protocolo para prevenir, atender y sancionar la violencia de género en contra de las mujeres durante la emergencia sanitaria por COVID-19 y después de ésta, ya que la Organización de las Naciones Unidas Mujeres (Onumujeres) señala que: “Las emergencias humanitarias, los desastres y las pandemias mundiales ponen a las mujeres y las niñas en mayor riesgo de violencia”.
En la sesión de la Comisión Permanente, Francisco Javier Calzada Vázquez, diputado por el extinto Partido Encuentro Social (PES), propuso adicionar un tercer párrafo al artículo 173 del Código Penal para sancionar a quienes a sabiendas de que están enfermos de COVID-19, u otras enfermedades transmisibles que puedan provocar daños irreversibles en la salud, contamine o contagie de manera dolosa, o con intención, a otras personas.
La punibilidad por la transmisión dolosa de enfermedades, dijo, ha estado presente en la Legislación mexicana, principalmente con enfermedades de transmisión sexual como el VIH, pero se han ido adecuando a otras enfermedades transmisibles que puedan provocar daños irreversibles en la salud.
Los estados con sanciones de este tipo son: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
La propuesta de Javier Calzada señala: “Se sancionará de tres meses a tres años de prisión y de 24 a 40 cuotas, sin perjuicio de su reclusión en un hospital para su curación hasta que cese el período infectante, al que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible”.
Añade: “Si la enfermedad padecida fuera incurable se impondrá la pena de seis meses a cinco años de prisión. Si la enfermedad padecida pone en peligro la vida o genera daños irreversibles a la salud, se impondrá la pena de seis meses a 10 años de prisión por contagio realizado y se considerará delito grave”.
“Además del resarcimiento de los daños y perjuicios que por tal motivo genere en términos del artículo 34 de este propio código, así como multa de cien a mil cuotas”, finalizó.
