Por Manuel Medina Castro

En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) fueron aprobadas modificaciones, adiciones y derogaciones a diversas disposiciones de los lineamientos para el registro de candidaturas a cargos de elección popular de los partidos políticos y coaliciones (Foto: Cortesía)

En sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) fueron aprobadas modificaciones, adiciones y derogaciones a diversas disposiciones de los lineamientos para el registro de candidaturas a cargos de elección popular de los partidos políticos y coaliciones (Foto: Cortesía)

En sesión extraordinaria del Consejo Gene­ral del Instituto Electoral del Estado de Zacate­cas (IEEZ) fueron aprobadas modificaciones, adiciones y derogaciones a diversas disposi­ciones de los lineamientos para el registro de candidaturas a cargos de elección popular de los partidos políticos y coaliciones; también se modificó el Reglamento de Candidaturas Independientes del Estado de Zacatecas.

Lo anterior, para que impere en el registro de las y los candidatos a todos los puestos de elección popular, la paridad de género en todos los niveles de gobierno.

Olivia Castro Rosales, consejera electoral e integrante de la Comisión de Asuntos Jurí­dicos, dijo que estas modificaciones atienden lo establecido en los principios de paridad de género y leyes internacionales a las que está suscrito el país.

Explicó que el 6 de junio de 2019 se publi­caron diversas reformas a la Constitución en el Diario Oficial de la Federación en materia en paridad entre los géneros, para que en los nombramientos del Poder Ejecutivo Federal, Estatal, Municipios y Organismos Autónomos se garantice en números iguales la representa­ción entre hombres y mujeres.

En ese entonces se estableció que las Le­gislaturas de las entidades debían realizar las reformas necesarias para que esto fuera una realidad, con lo que se posibilita que se garanticen la mitad de los cargos públicos para mujeres y la otra mitad para hombres: “Es por ello que se conoce como la paridad en todo, o paridad transversal”.

Añadió, por poner un ejemplo, en el caso de las candidaturas a diputaciones, si el propietario es un hombre el suplente puede ser de cualquier género, mientras que si la propietaria es mujer la suplente tendrá que ser mujer.

También se trató la erradicación de la violen­cia política en contra de las mujeres, por lo que se mencionó la negación de candidaturas para quienes hayan cometido este delito.

Ricardo Hernández León, representante del Movimiento Regeneración Nacional (More­na), señaló que en las disposiciones electorales se mencionan para la violencia política en contra de las mujeres, a los sancionados y condenados.

Refirió que son dos términos muy distintos, ya que una condena es en el ámbito penal, mientras que las sanciones se dan en distintas instancias, por lo que si se dejaba esta dispo­sición en la condena, permitiría que muchas personas que han cometido violencia política en contra de las mujeres, sean candidatas.

Dijo que desde su punto de vista las disposi­ciones electorales únicamente deben contener la palabra sanción.

En respuesta Carlos Casas Roque, conseje­ro del IEEZ, apuntó que la condena es en el ámbito penal si se contemplan las sanciones que pueden poner los órganos electorales y los tribunales administrativos.

Virgilio Rivera Delgadillo, consejero presi­dente del IEEZ, subrayó que los sancionados y condenados entran dentro lo estipulado en la violencia política contra las mujeres.

Las modificaciones fueron aprobadas por siete votos a favor y cero en contra, por lo que la aprobación se dio por unanimidad.