“En Zacatecas no se Reconocen los Derechos de Mujeres o Grupos Vulnerables”

Por Cristo González

Fotografía relevante a la nota.

A raíz de esto fue que activistas locales no dudaron en celebrarlo, al acudir al Jardín de la Madre, colocando un paliacate verde en la estatua de este céntrico espacio (Foto: Merari Martínez)

El pasado martes la Suprema Corte de Justicia (SCJN) dictaminó que penalizar el aborto en México es inconstitucional, lo que sienta un precedente que podría llevar a la legalización del aborto en el país, que en buena medida es católico y conservador.

En México sólo hay cuatro entidades donde es legal abortar: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

En tanto, hay numerosos estados donde sólo se permite el aborto bajo ciertas causales, y otros donde incluso se contemplan penas de cárcel para quienes aborten, así como para el personal médico que lo practique.

La decisión de la SCJN que abre el camino para que México se convierta en el país más po­blado de América Latina en permitir el aborto, fue recibida con júbilo por activistas feministas y con preocupación por políticos conservadores y la poderosa Iglesia católica.

A raíz de esto fue que activistas locales no dudaron en celebrarlo, al acudir al Jardín de la Madre, colocando un paliacate verde en la estatua de este céntrico espacio.

No obstante, los grupos feministas condenaron que este tipo de avances se quedan atorados en el Congreso del Estado, y no sólo fue el tema del aborto que ya despenalizó la SCJN en este día histórico.

Por ello es que la exigencia es que todas las legislaturas deberán entrarle al tema, incluida la de Zacatecas, que se ha caracterizado por no aprobar ni reconocer los derechos de las mujeres o grupos vulnerables, porque en la que recién concluyó, no hubo avance en temas para beneficio de las mujeres.

La determinación que toma hoy la SCJN, respecto al aborto, exige de la LXIV Legislatura local, acciones inmediatas, de lo que colectivas feministas consideraron como “retrogrado” al Código Penal para el Estado de Zacatecas.

Esto por que en el Artículo 311 establece que “Se impondrán de cuatro meses a un año de pri­sión a la madre que voluntariamente procure un aborto o consienta en que otro la haga abortar, si concurrieren estas cuatro circunstancias: Que no tenga mala fama; que haya logrado ocultar su embarazo; que éste sea fruto de una unión ilegítima; y que el aborto se efectúe dentro de los primeros cinco meses de embarazo”.

Faltando alguna de las circunstancias anteriores, la pena podrá ser aumentada hasta en un tanto más.