”Si el Pueblo Pone, el Pueblo Quita”

Por Manuel Medina Castro

Héctor Menchaca Medrano, diputado local de Morena (Foto Rocío Castro Alvarado)

Héctor Menchaca Medrano, diputado local de Morena (Foto Rocío Castro Alvarado)

Héctor Menchaca Medrano, diputado local de Morena, fue el encargado de dar lectura a una iniciativa de punto de acuerdo en sesión ordinaria del Congreso del Estado, donde se exhorta al gobierno estatal, apruebe la figura legal de revocación de mandato.

Precisó que la participación ciudadana en cualquier sistema democrático es esencial, pues involucra a los ciudadanos a formar parte en el debate público, con el objetivo de influir en la toma de decisiones para solucionar las problemáticas de su comunidad, fortaleciendo así la relación gobierno-sociedad.

Refirió que las condiciones actuales de la sociedad de Zacatecas:”Muestran mayores complejidades que años atrás eran impensables, provocando que los medios políticos tradicionales se encuentren rebasados por una ciudadanía cada vez más informada y participativa, más pensante y consciente de sus problemas”.

El legislador de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), añadió: “De tal suerte que hoy la participación ciudadana para Zacatecas, en la toma de decisiones públicas, es una necesidad inaplazable y encaminada a legitimar o a pasar factura al gobierno en turno, en el entendido de que si este no ha sido eficiente en la resolución de las problemáticas más sentidas de la población, tiene que asumir el costo de su incapacidad”.

Por lo que señaló que la revocación de mandato, al ser uno de los mecanismos que forman parte de la democracia y considerando que es un derecho de los ciudadanos de la entidad su pleno ejercicio, tal y como lo dispone el artículo 14, fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, “es imperante e ineludible su aplicación a los servidores públicos”.

“Esta figura jurídica encuentra su fundamento en el principio de que si el pueblo pone, el pueblo quita, principio que se encuentra consagrado en el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que cuando los ciudadanos eligen a sus gobernantes, tienen derecho a un mandato programático e imperativo por el cual pueden llamar a rendir cuentas a la autoridad elegida por sus acciones u omisiones, pudiéndole revocar el mandato si no cumplió con lo que prometió”, destacó Menchaca Medrano.